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Ley 29/2010, del 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña.


Ley 29/2010, del 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña.




El DOGC de 6 de agosto ha publicado la Ley 29/2010, del 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña, que tiene por objeto la regulación del uso de los medios electrónicos en las actuaciones del sector público de Cataluña y en las relaciones entre las entidades del sector público y los ciudadanos en Cataluña; la definición de los instrumentos para desarrollar y fomentar la relación entre las entidades y los organismos que conforman el sector público de Cataluña, y entre éstos y los ciudadanos, por medios electrónicos; y la concreción del modelo catalán de administración electrónica entre las entidades del sector público de Cataluña. De esta regulación hay que destacar, entre otra y en relación con la contratación pública, la relativa al deber de las entidades que integran el sector público de difundir por medios electrónicos la información sobre procedimientos que son de interés para los ciudadanos y, en particular, los que hacen referencia a los requisitos jurídicos y técnicos que establece el ordenamiento jurídico para el perfil de contratante (artículo 10.1.b); y al impulso de la incorporación de medios electrónicos en las relaciones de las entidades del sector público de Cataluña con las empresas (artículo 16).

 







ley-29-2010.pdf
       

 

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Noticia perteneciente a la categoría: Contratación Electrónica, publicada el: 19/08/2010 16:24

 

 

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