La norma aprobada reúne en un mismo texto, los preceptos hasta ahora dispersos en cuatro normas que quedan total o parcialmente derogadas tras su entrada en vigor: Ley de Sociedades Anónimas (LSA) y la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada (LSRL) –derogadas en su integridad- y la sección 4ª del título I del libro II del Código de Comercio, referente a sociedades comanditarias por acciones y el título X de la Ley del Mercado de Valores, referido a las sociedades cotizadas.
Se incluye dentro del mismo concepto de sociedades de capital: la sociedad anónima, la sociedad limitada y la sociedad comanditaria por acciones. De este modo, cuestiones que resultaban aplicables a un determinado tipo social, aparecen ahora reguladas indistintamente para cualquier sociedad de capital, sin perjuicio que cuando la ley quiere establecer diferencias, lo hace constar de forma expresa.
Si bien es cierto que su objetivo principal ha sido el de unificar y refundir las distintas leyes en un texto único, es importante tener en cuenta que la nueva norma ha ido más allá y cubre aspectos interpretativos y aclaratorios en cuestiones trascendentales para el funcionamiento diario de las sociedades.
La nueva normativa entró en vigor el pasado 1 de septiembre, salvo el artículo 515 sobre la nulidad de las cláusulas limitativas del derecho de voto en las sociedades cotizadas que será aplicable a partir del próximo 1 de julio de 2011.
Es importante destacar que el nuevo texto nace con carácter provisional. El objetivo final a corto plazo es mucho más ambicioso, ya que se trata de llegar a un futuro Código de Sociedades Mercantiles e incluso a un nuevo Código de Comercio, a fin de culminar el proceso de adaptación a la normativa comunitaria.
Como conclusión, y entre tanto, la labor empieza ya por acometer las gestiones necesarias para adaptar los estatutos y el funcionamiento de las sociedades ya existentes al nuevo texto legal.