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NOTICIA DEL SECTOR SANITARIO

Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local.

El Real Decreto-ley 9/2008, de 28 de noviembre, creó el Fondo Estatal de Inversión Local, dotado con 8.000 millones de euros, con el objeto de aumentar la inversión pública en el ámbito local, mediante la financiación de obras de nueva planificación, ejecución inmediata y competencia propia de las entidades locales. Con esta medida, el Gobierno ha favorecido las inversiones destinadas a dinamizar a corto plazo la actividad económica, incidiendo directamente en la creación de empleo. Así, el Fondo se integra en uno de los ejes del Plan E, junto con medidas de apoyo a empresas y familias, medidas financieras y presupuestarias y de modernización de la economía.

03 Noviembre 2009 |

El apoyo a la obra pública recogido en el Fondo Estatal de Inversión Local y en el Fondo Estatal para la Dinamización de la Economía y el Empleo, en el marco del llamado Plan E, más la dotación recogida en los Presupuestos del Estado ha supuesto una inversión superior a los 33.000 millones de euros en 2009, proporcionando el primero de ellos la creación y mantenimiento de más de cuatrocientos mil empleos. Además, a estas medidas debe sumarse la apertura de una línea de avales del Instituto de Crédito Oficial por importe de 3.000 millones de euros, para que los ayuntamientos puedan afrontar los pagos pendientes con los proveedores y las empresas que han prestado servicios y realizado obras para nuestros municipios.
Por el presente real decreto-ley se aprueba la creación de un nuevo Fondo, si bien se incorpora como objetivo del mismo que las inversiones, proyectos y actuaciones financiadas contribuyan a la sostenibilidad económica, social y ambiental por lo que se denomina Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local.
Este Fondo Estatal cuenta con una doble finalidad.
En primer lugar, incrementar la inversión pública en el ámbito local a través de la financiación de actuaciones generadoras de empleo en obras de nueva planificación y ejecución inmediata que sean competencia de los municipios y del equipamiento de aquéllas, a realizar a partir de comienzos de 2010. Esta financiación está dirigida prioritariamente hacía proyectos que gozan de una característica común, como es la de tomar en consideración la perspectiva del desarrollo sostenible en sus vertientes medioambiental; de empleo; de apoyo a la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación; económica y social, enmarcándose en otras líneas de actuación del Gobierno adoptando por ello un enfoque integral.
En esta misma línea, podrán financiarse los contratos de suministros que tengan por objeto la adquisición de equipos y sistemas de telecomunicaciones o para el tratamiento de la información, sus dispositivos y programas; y los contratos de servicios que tengan por objeto la implantación y desarrollo de sistemas y programas informáticos dirigidos a dar cumplimiento al mandato de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, quedando excluidos los servicios de mantenimiento.
En segundo lugar, este Fondo Estatal contribuirá a la sostenibilidad social, mediante la financiación de los gastos corrientes que ocasione la prestación de servicios educativos, así como otros servicios sociales de competencia municipal, especialmente los gastos derivados de la gestión de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia, en el marco de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia.

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