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NOTICIA DEL SECTOR SANITARIO
LEY 4/2012, de 4 de julio, de Modificación de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012, y de medidas urgentes de racionalización del gasto público e impulso y agilización de la actividad económica.
11 Julio 2012 |
Artículo 22
Creación de la Central de Compras del Servicio Madrileño de Salud
Uno. Creación de la Central de Compras.
Se crea la Central de Compras del Servicio Madrileño de Salud como órgano administrativo colegiado adscrito al Servicio Madrileño de Salud, que actuará en la adquisición de bienes y servicios declarados de compra centralizada por el titular de la Consejería competente en materia sanitaria.
Esta Central de Compras, en modo alguno supondrá un obstáculo para que la Comunidad de Madrid se adhiera a los procesos de contratación centralizada que pudiera instar el Estado para lograr una mayor eficiencia en el Sistema Nacional de Salud conforme a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.
Dos. Ámbito de actuación.
La Central de Compras del Servicio Madrileño de Salud ejercerá sus funciones respecto de todos los centros y demás entes adscritos al Servicio Madrileño de Salud previstos en los apartados 1 y 2 de la disposición adicional primera del Decreto 23/2008, de 3 de abril, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud, así como de los entes públicos dependientes del Servicio Madrileño de Salud reflejados en la disposición adicional segunda del mismo decreto.
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