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12/01/2018 11:08:39
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La central de compras de la Administración logra un ahorro de 600 millones

De 2013 a 2016 se han suscrito acuerdos marco y contratos centralizados por valor de más de 3.902 millones de euros. Y solo en 2017 se formalizaron acuerdos marco valorados en 1.100 millones y se firmaron 8.500 contratos.

Dentro del proyecto para reformar la Administración que emprendió el Gobierno de Mariano Rajoy a partir de 2012, un año después se puso en marcha un sistema de contratación centralizada que incluyó más bienes y servicios y que perseguía ajustar y hacer más eficiente el gasto público.

De esta forma, se creó la Dirección General de Racionalización y Contratación Pública, en la cual además pasó a integrarse la Sudirección General de Compras de la Dirección General de Patrimonio del Estado. No tenía mucho sentido seguir contratando, por ejemplo, con las empresas eléctricas de forma individual los contratos de suministros de cada departamento ministerial o empresa pública estatal cuando al hacerlo de forma conjunta no solo se simplificaba y agilizaba el proceso, sino que además se podía ahorrar dinero.

El balance que arroja hasta ahora esta nueva forma de contratar es muy positivo, tal y como subrayan fuentes conocedoras del proyecto. De 2013 a 2016 se han suscrito acuerdos marco y contratos centralizados por valor de más de 3.902 millones de euros. Y solo en 2017 se formalizaron acuerdos marco valorados en 1.100 millones y se firmaron 8.500 contratos. Teniendo en cuenta el valor estimado de todos los contratos para toda su duración, se calcula una obtención de ahorros del entorno de los 600 millones de euros, fundamentalmente como consecuencia de la agrupación de demanda, el aumento de la competencia entre las empresas y una mayor adecuación de los suministros y servicios contratados a las necesidades reales de la Administración.

Pero además de estos ahorros directos, hay otros indirectos que son más difíciles de cuantificar. Derivan de la racionalización y simplificación de los procedimientos afectados por la contratación, así como de un mayor control, transparencia e información en un proceso que es constantemente gestionado y supervisado por la citada dirección general. De este modo se consigue una mayor profesionalización de cada una de las fases de la contratación.

Las mismas fuentes destacan que, en cualquier caso, es importante destacar que son ahorros que no afectan en absoluto al nivel de prestación de los servicios públicos, es decir, a diferencia de otras medidas, estos ahorros permiten mantener el mismo nivel de prestación de servicios públicos, pero a un coste sensiblemente inferior. “Son ahorros puros de eficiencia, los más difíciles de conseguir”, destacan.

¿Qué ventajas ofrece esta nueva forma de contratar bienes o servicios a cualquier administración pública?

Al tratarse de una única plataforma, la primera característica que ofrece a todos aquellos organismos públicos que quieran operar a través de ella es que supone una gran simplificación y estandarización de los procedimientos.

Se ahorra así tiempo y burocracia y se consigue, según resaltan los expertos de la Administración, un mejor control del gasto y un importante ahorro sobre los presupuestos iniciales.

La utilización de este nuevo mecanismo de contratación es de ámbito obligatorio para la Administración General del Estado (AGE), la Seguridad Social y el resto de organismos y entidades públicas estatales. Por el contrario, es de carácter voluntario para las comunidades autónomas, entidades locales y demás entidades del Estado.

Desde que se puso en marcha, avanzado 2013, se han adherido a él todas las comunidades autónomas y los grandes ayuntamientos del país, si bien en algunos casos no es la Administración autonómica o local propiamente dicha la que ya contrata bajo esta fórmula, pero sí lo hacen distintos organismos o entidades dependientes de esa comunidad o municipio. En cualquier caso, cada vez es más frecuente la utilización de este mecanismo fuera del ámbito de la AGE, para la que es obligatorio hacerlo.

Hay tres fórmulas para aplicar la contratación centralizada. La primera es a través de acuerdos marco en los que la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación (DGRCC) establece con diferentes empresas las condiciones generales para el suministro de bienes y servicios y los Ministerios y organismos mantienen su presupuesto y tienen la capacidad de compra. La segunda es la firma de contratos centralizados de servicios, mediante la que se incluye en un único contrato los servicios de varios Ministerios que pasan a ser gestionados por la (DGRCC). La financiación para pagar el coste de esos suministros se transfiere desde los Ministerios a la mencionada dirección.

Y, por último, se puede proceder a la contratación centralizada a través de encomiendas de gestión, cuando los servicios a contratar son confiados a una entidad pública determinada. ¿Qué bienes y servicios se contratan más de forma centralizada? Sobre todo, vehículos, equipos informáticos, combustible o electricidad, entre otros.



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