26/06/2014 09:27:21

Contratación Centralizada.- Declaración de medicamentos y productos sanitarios.

Declaración de medicamentos y productos sanitarios como bienes de contratación centralizada.

Tal y cómo señala la normativa en materia de contratación pública, el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad (actualmente Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad) podrá, mediante Orden y previo informe favorable de la Dirección General del Patrimonio del Estado, declarar de adquisición centralizada los suministros de medicamentos y productos sanitarios que se contraten en el ámbito estatal por los diferentes organismos.

En cumplimiento de este precepto legal, el BOE de 25 de junio publica sendas órdenes del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad por la que se declaran como bienes de contratación centralizada los medicamentos clasificados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios como medicamentos de uso hospitalario, y ciertos medicamentos respecto a los cuales el Ministerio acuerde establecer reservas singulares, limitando su dispensación en los servicios de farmacia de los hospitales, sin necesidad de visado a los pacientes no hospitalizados (Orden SSI/1075/2014, de 16 de junio, de declaración de medicamentos como bienes de contratación centralizada), y ciertos productos sanitarios (Orden SSI/1076/2014, de 16 de junio, de declaración de productos sanitarios como bienes de contratación centralizada).