14/11/2016 08:24:49

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con el asunto C-199/15

En fecha 10 de noviembre de 2016 se ha publicado en el DOUE esta Sentencia con motivo de una petición de decisión prejudicial planteada, relativa a si el artículo 45 de la Directiva 2004/18 se opone a una normativa nacional que obliga al poder adjudicador a considerar motivo de exclusión la infracción en materia de pago de cotizaciones de la seguridad social que consta en un certificado expedido por los organismos de la seguridad social y solicitado de oficio por aquel, si dicha infracción existía en la fecha de la participación en una licitación, aunque haya sido regularizada antes de la adjudicación o del control de oficio efectuado por el poder adjudicador.

Por un lado, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) recuerda que el artículo 45, apartado 2, letra e), de la Directiva 2004/18, permite a los Estados miembros excluir de la participación en un contrato público a los operadores que no estén al corriente en sus obligaciones relativas al pago de las cotizaciones de la seguridad, y, el apartado 3, prevé que los poderes adjudicadores aceptaran como prueba suficiente del complimiento de dicho requisito un certificado emitido por la autoridad competente del Estado miembro; y que, por lo tanto, no se infiere de dichos preceptos que se prohíba a las autoridades competentes a solicitar a los organismos de la seguridad social, de oficio, el respectivo certificado.

Por otro lado, el TJUE señala que el artículo 45, apartado 2, no persigue una aplicación uniforme de las causas de exclusión que menciona a escala de la unión, en la medida en que los Estados miembros están facultados para no aplicar en absoluto dichas causas de exclusión o bien integrarlas en la normativa nacional con un grado de rigor que podría variar según el caso.

Así, el TJUE concluye que "el artículo 45 de la Directiva 2004/18 debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional, como la controvertida en el asunto principal, que obliga al poder adjudicador a considerar motivo de exclusión la infracción en materia de pago de cotizaciones de la seguridad social que consta en un certificado que fue solicitado de oficio por el poder adjudicador y expedido por los organismos de la seguridad social, si tal infracción existía en la fecha de la participación en una licitación, aunque ya hubiera cesado en la fecha de la adjudicación o del control de oficio efectuado por el poder adjudicador".