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Resoluciones más relevantes del Sector Sanitario

Resolución Asunto

Resolución nº 570/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 30 de Abril de 2020, C.A. del Principado de Asturias

Recurso contra pliegos en contrato de suministro, LCSP. Desestimación. Los criterios de adjudicación restringen la concurrencia entre licitadores, sin que exista una justificación técnica, y ello puesto que existe una única casa comercial que comercializa este medicamento con un nebulizador que cumpla con cuatro de los criterios técnicos que son objeto de valoración (adaptación de la nebulización, tiempo, programa informático y avisos de uso inadecuado). Los criterios impugnados suponen ventajas en la prestación que constituye el objeto del contrato.

Resolución nº 514/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 02 de Abril de 2020

Recurso contra adjudicación y exclusión en contrato de servicios, LCSP. Inadmisión. Fuera de plazo. No presentación en los registros establecidos en el artículo 51.3 de la LCSP.

Resolución nº 563/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 23 de Abril de 2020, C.A. de Illes Balears

Recurso contra pliegos en contrato de suministro, LCSP. Estimación parcial. Justificación de la no división en lotes. Exigencia de un almacén en Illes Balears como requisito de solvencia técnica. Condición especial de ejecución relativa a criterios lingüísticos.

Resolución nº 524/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 08 de Abril de 2020

Recurso contra acto que declara la mejor oferta y requiere documentación del Art. 150.2 LCSP en contrato de servicios, LCSP. Inadmisión: se dirige contra un acto de trámite no cualificado, no susceptible de recurso especial autónomo.

Resolución nº 517/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 08 de Abril de 2020

Recurso contra adjudicación en contrato de servicios, LCSP. Inadmisión. Impugnación de acuerdo de adjudicación por licitador ya excluido, cuando el acuerdo de su exclusión fue objeto de otro recurso ante este Tribunal y el recurso se desestimó.

Resolución nº 522/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 08 de Abril de 2020, C.A. de Cantabria

Recurso contra exclusión en Acuerdo Marco de suministro. Allanamiento del órgano de contratación que debe ser aceptado al no contradecir el ordenamiento jurídico. Existía un error material en la redacción de la oferta, no se incumplen las características técnicas de los productos. Estimar totalmente el recurso.

Resolución nº 164/2020 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña, de 22 de Abril de 2020

Desestimació. Adjudicació. Funció revisora. Discrecionalitat tècnica. Presumpció de validesa dels actes i informes de l'òrgan de contractació. Lex inter partes. Potestat d'interpretació dels plecs: òrgan de contractació. Interpretació literal. Condicions per excloure una proposició de la licitació. Interpretació i aplicació correctes dels plecs en la valoració de l'oferta de la recurrent.

Resolución nº 46/2020 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, de 05 de Marzo de 2020

Costes salariales. SMI. Subida de los costes un riesgo propio de la ejecución de los contratos que corresponde soportar al adjudicatario, que debe tener en cuenta también este posible incremento de los costes durante la ejecución del contrato a la hora de presentar su oferta.

Resolución nº 30/2020 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, de 14 de Abril de 2020

Título: Acuerdo 30/2020, de 14 de abril, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por la mercantil “HORIBA ABX IBÉRICA, SUCURSAL EN ESPAÑA DE HORIBA ABX, SAS” frente a la adjudicación del procedimiento de licitación denominado «Realización de técnicas analíticas de análisis clínicos en los laboratorios del Hospital de Barbastro y Centro Sanitario “Bajo Cinca” de Fraga. Lote 5», promovido por la Gerencia del Sector Sanitario de Barbastro del Servicio Aragonés de Salud

Adjudicacion. Legitimación de la actora en tanto que la eventual estimación de su pretensión le depararía poder alzarse con la adjudicación del contrato, pese a ocupar el tercer lugar en la clasificación de las ofertas. El informe técnico de valoración goza de presunción de acierto sin que haya quedado desvirtuado por las afirmaciones de la recurrente que no logra alterar las reglas de la carga de la prueba. Aplicación de la denominada «discrecionalidad técnica».Desestimación

Resolución nº 486/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 02 de Abril de 2020

Recurso contra propuesta de adjudicación en contrato de servicios, LCSP. Inadmisión. Interposición del recurso contra un acto de trámite no susceptible de recurso; extemporaneidad del recurso.

Resolución nº 498/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 02 de Abril de 2020

Recurso contra adjudicación en contrato de servicios, LCSP. Desestimación. Impugnación de la valoración de la puntuación asignada. Desestimación del recurso, la valoración de la oferta es correcta conforme a los documentos aportados por la recurrente al presentar su oferta, sin que quepa admitir documentos relativos a un posterior cumplimiento de los servicios médicos ofertados. Reconocimiento por la propia recurrente de que algunos aspectos de su oferta no se ajustaban a los requisitos exigidos en el Pliego de Condiciones Particulares.

Resolución nº 459/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 26 de Marzo de 2020, C. Valenciana

Recurso contra adjudicación en contrato de suministros, LCSP. Error en documentación de la oferta: criterio antiformalista: posibilidad de subsanación de las ofertas mientras se mantenga invariable. Desestimación.

Resolución nº 460/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 26 de Marzo de 2020, C.A. Comunidad Valenciana

Recurso contra adjudicación en contrato de servicios, LCSP. Estimación. Impugnación de determinadas irregularidades formales no probadas. Motivos de fondo: posibilidad de inclusión de información relativa a criterios evaluables mediante fórmula fuera del sobre destinado al efecto: falta de prueba. Arbitrariedad de la valoración de criterios ponderables mediante juicio de valor: aportación de datos adicionales por el órgano de contratación en su informe al recurso que prueban que no fue arbitraria la valoración. Exigencia de Certificado ISO como criterio de solvencia: acreditación de que se cuenta a través de una empresa tercera, insuficiencia de declaración responsable.

Resolución nº 446/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 26 de Marzo de 2020

Recurso contra acto de trámite cualificado en contrato de servicios, LCSP. Inadmisión. Recurso contra la decisión de renunciar a la licitación. El recurso es extemporáneo, al haberse presentado en una oficina de Correos y haberse recibido fuera de plazo en el registro del órgano de contratación aplicando el artículo 18 del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.

Resolución nº del Audiencia Nacional, de 10 de Marzo de 2020

Acuerdo Marco bifásico. Los Pliegos del AM son claros, no caben segundas interpretaciones. Precio como único criterio en la 2ª licitación. El contrato se adjudicará a la empresa que haya presentado la mejor oferta, dado que el único criterio que rige en la adjudicación es el precio. Por tanto, los licitadores pueden bajar el precio ofertado en la 2ª fase.

Resolución nº 475/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 02 de Abril de 2020

Recurso contra adjudicación en contrato de suministro, LCSP. Estimación. La parte recurrente solicita la anulación de la adjudicación en los LOTES 5 y 6 de la licitación y la retroacción del procedimiento al momento inmediatamente anterior, con el fin de que se proceda a la exclusión de la adjudicataria STRYKER IBERIA, SL. Fundamenta la exclusión en el incumplimiento por parte de la adjudicataria de la cláusula 5ª del PPT, al no ofrecer la totalidad de artículos previstos con arreglo a los requisitos técnicos exigidos, según las comprobaciones de las fichas y descripciones de productos aportadas por STRYKER como solvencia técnica. El órgano de contratación, alude en su informe a la realización de una nueva revisión técnica de las fichas y documentos de productos aportados por STRYKER, de la cual se desprenden incumplimientos e inconsistencias. El informe técnico está dotado de una presunción de acierto y veracidad, no habiendo probado la adjudicataria que sea manifiestamente erróneo o se haya dictado en clara discriminación de los licitadores. Debe traerse a colación, en este punto, el principio de discrecionalidad técnica de la Administración en la apreciación de las cuestiones de carácter técnico, lo que supone que no son controlables desde el punto de vista jurídico, excepto en los casos en que se entienda que la administración ha actuado con discriminación entre los licitadores o ha incurrido en un error patente, falta de justificación del criterio adoptado, criterio arbitrario o desviación de poder, según es pacíficamente aceptado por la doctrina administrativa, lo que no ha ocurrido en este caso.

Resolución nº 307/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 05 de Marzo de 2020

Recurso contra pliegos en contrato de servicios, LCSP. Desestimación. El primer motivo es la inadecuación del procedimiento, por no existir causa legal que justifique la elección del procedimiento negociado. Se desestima el recurso. En el procedimiento, aunque no se haya motivado con la mayor diligencia, consta un documento de una empresa que se declara única posible prestadora del servicio; constan consultas a otros licitadores que declaran no poder prestar el servicio; y se incorpora un certificado del área técnica que declara no existir otras alternativas de mercado. Cumplidos todos esos pasos, y no existiendo más condicionantes formales en la LCSP, se estima conforme a Derecho la elección del procedimiento escogido. Una vez declarado lo anterior, el recurrente que ya no puede participar en el procedimiento, carece de legitimación para impugnar el resto de los pliegos.

Resolución nº 374/2019 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 07 de Noviembre de 2019

Adjudicación. No se acredita el incumplimiento de las especificaciones técnicas exigidas para el suministro objeto de contrato en el PPT. Los principios de economía procesal y de legitimación imponen desestimar el recurso pues, aun cuando se estimara parcialmente, en ningún caso podría adjudicarse el contrato a favor de la recurrente. Cláusulas que afectan a la ejecución del contrato y cuyo incumplimiento no puede presumirse ab initio. Desestimación.

Resolución nº 308/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 05 de Marzo de 2020, C. Valenciana

Recurso contra pliegos en acuerdo marco de suministro, LCSP. Desestimación. Criterios de valoración cualitativos necesarios para la ejecución del contrato.

Resolución nº 403/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 19 de Marzo de 2020

Recurso contra adjudicación en contrato de suministro, LCSP. Desestimación. Confidencialidad de las ofertas. Servicios invocados para acreditar la solvencia técnica a clientes particulares. Datos de facturación y condiciones de pago. Pueden ser considerados secretos de empresa. Declaración de confidencialidad en trámite del artículo 150 cuando media petición de acceso al expediente de otro licitador.

Resolución nº 309/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 05 de Marzo de 2020

Recurso contra exclusión en contrato de servicios, LCSP. Desestimación. Exclusión de oferta por no acreditar la solvencia técnica y profesional. Pretensión de que, con ocasión de la interposición del recurso especial, se lleve a cabo un segundo trámite de subsanación.

Resolución nº 322/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 05 de Marzo de 2020

Recurso contra pliegos en contrato de suministro, LCSP. Desestimación. Impugnación del PCAP de un contrato de suministro de medicamentos al dividir el objeto en 153 Lotes y obligar a presentar la oferta a los licitadores para todos los productos del lote que licitan. Desestimación: decisión amparada por la discrecionalidad del órgano de contratación a la hora de configurar el objeto del contrato, que no requiere justificación en el expediente. No se limita la libre concurrencia al ser posible licitar en forma de UTE.

Resolución nº 343/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 05 de Marzo de 2020, C.A. Principado de Asturias

Recurso contra adjudicación en contrato de suministro, LCSP. Estimación parcial. La puntuación asignada al adjudicatario incurre en error y, por tanto, debe anularse la adjudicación retrotrayendo el procedimiento.

Resolución nº 405/2019 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 25 de Septiembre de 2019

Desestimación e inadmisión de recursos contra exclusión de  oferta en contrato de suministro, por no haber subsanado en plazo los defectos comunicados por la Mesa de contratación - no acreditación de solvencia-  en el perfil de contratante según dispone el PCAP, arts 139 y 141 de la LCSP y 19 del RGCPCM, con recomendación de aviso al interesado. El artículo 44.2 de la LCSP prevé dos posibilidades de recurso contra los actos de exclusión de los licitadores acordados por las Mesas de Contratación no acumulativas sino subsidiarias, contra el acto de trámite cualificado (44.2.b)  y contra el acto de adjudicación del contrato (44.2.c) cuando la exclusión no se haya notificado al interesado con anterioridad.

Resolución nº 306/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 05 de Marzo de 2020, C.A. Región de Murcia

Recurso contra pliegos en contrato mixto de suministro y servicios, LCSP. Inadmisión. Falta de legitimación del recurrente, al no haber presentado oferta y no ser los motivos que alega en su recurso de los que impiden presentarla, ni mucho menos, son motivos de nulidad de pleno derecho, por lo que debe entenderse que carecía de interés propio en la licitación que justifique su legitimación en el presente recurso. Subsidiariamente se entra al análisis de las alegaciones formuladas, que se desestiman: no división del contrato en lotes, plazo de duración del contrato y no requisitos técnicos a cumplir.

Resolución nº 416/2019 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 25 de Septiembre de 2019

Desestimación. Hay que justificar la no división en lotes. Es competencia del órgano de contratación aprobar los elementos de cada lote, siempre que no limite la concurrencia.