Pliegos. Legitimación activa; no la tiene para impugnar la falta de publicidad en la Plataforma de Contratación del Sector Público la empresa que ya ha accedido al la convocatoria en la Plataforma de Contratación de Euskadi. Plazo de presentación de ofertas; el plazo fijado en el anuncio y los pliegos no llega al mínimo legal porque su último día no se computa íntegramente. Prescripciones técnicas: no cabe que las prescripciones técnicas sean orientativas, de modo que no ajustarse exactamente a ellas pueda no ser causa de exclusión; la carga de probar que las prescripciones técnicas son discriminatorias corresponde al recurrente, la LCSP no exige que el expediente justifique exhaustivamente cada prescripción técnica; la LCSP permite varias formas de fijar las prescripciones técnicas y no tiene preferencia por ninguna de ellas. División del contrato en lotes; discrecionalidad técnica para fijar los criterios para la división en lotes, no se acredita que el criterio de división elegido sea arbitrario o discriminatorio, fusión de varias prestaciones en el mismo contrato cuyo carácter fraudulento no se ha demostrado. Criterios de adjudicación: no deben figurar en el Pliego de Prescripciones Técnicas, la redacción de los pliegos es confusa y contradictoria, principio de transparencia, no es preciso que la descripción de los criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor incluyan el método de valoración que se utilizará para aplicarlos, fórmula de valoración del precio como criterio de adjudicación poco clara y que no puede aplicarse automáticamente, necesidad de justificación de la fórmula elegida. Cancelación de la licitación.