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NOTICIA DE CONTRATACIÓN

La UE activa por primera vez el ICPI para restringir a fabricantes chinos en contratación pública de dispositivos médicos

La UE aplica el ICPI para restringir licitaciones sanitarias >5M€ a empresas chinas por discriminación y falta de reciprocidad.

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La Unión Europea ha aplicado por primera vez el Reglamento sobre el Instrumento de Contratación Pública Internacional (ICPI) para limitar el acceso de fabricantes chinos a contratos públicos en el sector de los dispositivos médicos. Esta decisión se alinea con el objetivo del reglamento, en vigor desde agosto de 2022, que busca garantizar la reciprocidad en el acceso a los mercados internacionales y proteger a las empresas europeas frente a prácticas discriminatorias por parte de terceros países.

El ICPI es un instrumento legal de la UE que permite restringir el acceso de empresas, bienes y servicios de terceros países a los mercados de contratación pública europeos, siempre que se constate que esos países no ofrecen un trato equivalente a las empresas europeas en sus propios mercados. El reglamento se aplica a procedimientos cubiertos por las Directivas 2014/23/UE, 2014/24/UE y 2014/25/UE, y establece procedimientos formales de investigación, consulta y eventual imposición de medidas restrictivas, como exclusión de licitadores o ajustes en la puntuación de sus ofertas. Estas medidas solo pueden activarse si no existen acuerdos internacionales de contratación pública aplicables con el país en cuestión o si las prácticas detectadas vulneran los compromisos existentes.

La Comisión Europea tomó esta medida tras una investigación que reveló que el 87 % de las licitaciones públicas en China contenían barreras, directas o indirectas, que dificultaban el acceso a proveedores extranjeros, en especial en áreas como el diagnóstico médico y la otorrinolaringología. Estas prácticas se consideran incompatibles con el principio de trato equitativo que la UE promueve en sus propias licitaciones.

En este contexto, el reglamento ICPI faculta a la Comisión para imponer restricciones como la exclusión de licitadores procedentes de países terceros o penalizaciones en la puntuación de sus ofertas. En el caso chino, la medida se aplicará a contratos superiores a 5 millones de euros, tendrá una duración de cinco años y podrá ser prorrogada si persisten las condiciones que la justifican.

A pesar de varios intentos de entablar diálogo con las autoridades chinas, no se logró alcanzar un compromiso que eliminara las barreras identificadas. La respuesta de la Cámara de Comercio de China en la UE no se ha hecho esperar, calificando la medida de injusta y advirtiendo sobre sus posibles efectos negativos, pese a que la UE argumenta que las condiciones de acceso al mercado chino siguen siendo considerablemente restrictivas.

Esta primera aplicación práctica del ICPI representa un hito en la política comercial europea, y señala la voluntad de la UE de proteger la competitividad de sus empresas frente a entornos comerciales asimétricos. Además, se enmarca en un clima de crecientes tensiones comerciales entre la UE y China, que ya ha afectado otros sectores como el de los vehículos eléctricos o los productos agrícolas. La medida, en definitiva, refleja una estrategia más firme de defensa comercial por parte de Bruselas.

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