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NOTICIA DEL SECTOR SANITARIO
El Consejo de Ministros del viernes 15 de octubre de 2010, aprobó el "Anteproyecto de Ley de Contratos del Sector Público en el ámbito de la Defensa y la Seguridad".
28 Octubre 2010 |
El "Anteproyecto de Ley de Contratos del Sector Público en el ámbito de la Defensa y la Seguridad" es un texto que crea un marco regulatorio específico y que reconoce la singularidad de los contratos en materia de seguridad y defensa. Entre sus objetivos se encuentra impulsar la participación de las PYMES en la ejecución de los contratos en estos ámbitos.
La futura Ley se concibe como un instrumento para la incorporación al ordenamiento jurídico español de las normas contenidas en la Directiva 2009/81/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, aprobada el 13 de Julio de 2009, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de determinados contratos de obras, de suministro y de servicios por las entidades o poderes adjudicadores en los ámbitos de la defensa y la seguridad.
Dicha Directiva reconoce la especificidad de los asuntos relacionados con la seguridad y la defensa y, en definitiva, garantiza los principios de igualdad, no discriminación, concurrencia y transparencia propios de los procesos de contratación pública.
El futuro Anteproyecto permitirá a los órganos de contratación establecer determinadas exigencias adicionales en la documentación contractual para garantizar la seguridad de la información y del suministro, especialmente relevante en estos ámbitos.
Asimismo, el texto introduce una serie de ajustes legales para flexibilizar los procedimientos de contratación en este campo, como el incremento del plazo de vigencia de los acuerdos marco o la posibilidad de que en el procedimiento negociado se pueda establecer un trámite previo de selección de contratistas orientado a limitar el número de licitadores.
El Anteproyecto pretende, asimismo, contribuir a desarrollar una base de suministradores para la defensa europea entre las pequeñas y medianas empresas. En este sentido, se ha introducido la exigencia de que las subcontrataciones por parte de los adjudicatarios se lleven a cabo observando unas normas mínimas de publicidad y garantizando la mayor objetividad posible en la selección de empresas.
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