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Resolución nº 116/2025 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, de 03 de Julio de 2025
02 Agosto 2025
Resolución nº 314/2025 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña, de 23 de Julio de 2025
26 Julio 2025
Resolución nº 295/2025 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña, de 10 de Julio de 2025
15 Julio 2025
Resolución nº 406/2025 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 11 de Julio de 2025
22 Julio 2025
Resolución nº 307/2025 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña, de 16 de Julio de 2025
19 Julio 2025
Resolución nº 116/2025 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, de 03 de Julio de 2025
La resolución 116/2025, emitida el 3 de julio de 2025 por el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, aborda el recurso especial en materia de contratación interpuesto por Lorgen Genética Proteómica, S.L. contra la decisión de la Mesa de contratación de excluir a la empresa de los lotes 2 y 3 del contrato para la realización de pruebas analíticas y estudios genéticos por laboratorios externos. Este contrato está destinado a los hospitales de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León en las Áreas de Valladolid. La exclusión se basó en el supuesto incumplimiento de la cláusula 2.5.1.2.1 del pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP). La resolución del tribunal estima el recurso en cuanto a la exclusión, pero inadmite el recurso respecto a la valoración de los criterios dependientes de un juicio de valor. La normativa principal aplicada incluye la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), específicamente los artículos 44, 46, 48, 50, 55, y 57, así como la Ley 1/2012, de 28 de febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras.
El proceso de contratación comenzó con la aprobación del expediente por parte del director económico, presupuestario y financiero de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León el 22 de septiembre de 2024. Posteriormente, el 10 de diciembre de 2024, se publicó el anuncio de licitación en la Plataforma de Contratación del Sector Público, junto con los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas. El 6 de mayo de 2025, la Mesa de contratación revisó y aprobó el informe técnico sobre los criterios dependientes de un juicio de valor, notificando a los licitadores a través de la plataforma. El 15 de mayo de 2025, la Mesa decidió excluir a Lorgen Genética Proteómica, S.L. de los lotes 2 y 3 por incumplir la cláusula 2.5.1.2.1 del PCAP, decisión que fue notificada a la empresa el 16 de mayo de 2025. En respuesta, el 4 de junio de 2025, Lorgen Genética Proteómica, S.L. interpuso un recurso especial en materia de contratación, solicitando la suspensión del procedimiento de adjudicación. El tribunal recibió el expediente y los informes pertinentes entre el 9 y el 16 de junio de 2025. Finalmente, el 18 de junio de 2025, se acordó la suspensión del procedimiento de adjudicación.
Recurrente (Lorgen Genética Proteómica, S.L.): La empresa argumentó que su exclusión fue indebida, ya que la información proporcionada en el sobre de juicio de valor no comprometía el secreto de las proposiciones. Alegó que los datos incluidos eran necesarios para cumplir con el PPT y que la exclusión automática por errores formales no era proporcional. Además, cuestionó la falta de motivación en la resolución de exclusión y la omisión del trámite de subsanación.
Órgano de Contratación: Defendió la exclusión basándose en el incumplimiento de la cláusula 2.5.1.2.1 del PCAP, que prohíbe la inclusión de información evaluable mediante fórmulas en el sobre de juicio de valor. Argumentó que la inclusión de dicha información comprometía el secreto de las proposiciones y justificaba la exclusión.
Adjudicatario (Reference Laboratory, S.A.): Solicitó la desestimación del recurso, apoyando la decisión del órgano de contratación y argumentando que la exclusión fue conforme a derecho.
El tribunal decidió estimar el recurso en cuanto a la exclusión de Lorgen Genética Proteómica, S.L. de los lotes 2 y 3, anulando la resolución de exclusión y ordenando la retroacción del procedimiento al momento anterior a la exclusión. La decisión se basó en la falta de justificación por parte del órgano de contratación sobre cómo la inclusión de la información afectó la valoración de los criterios subjetivos. El tribunal aplicó el principio de proporcionalidad, concluyendo que no se demostró una vulneración del secreto de las proposiciones. Sin embargo, inadmitió el recurso respecto a la valoración de los criterios dependientes de un juicio de valor, ya que no constituía un acto de trámite cualificado susceptible de recurso.
El tribunal ordenó la retroacción del procedimiento de contratación al momento anterior a la exclusión de Lorgen Genética Proteómica, S.L., permitiendo que la empresa continúe en el proceso de licitación. La resolución destaca la importancia de aplicar el principio de proporcionalidad en la exclusión de licitadores y la necesidad de justificar adecuadamente cualquier decisión que afecte el secreto de las proposiciones. El fallo implica que el órgano de contratación debe revisar su decisión y proceder conforme a derecho, asegurando la objetividad y transparencia en la evaluación de las ofertas.
Esta resolución refuerza la aplicación del principio de proporcionalidad en los procedimientos de contratación pública, subrayando que las exclusiones automáticas por errores formales deben ser justificadas adecuadamente. Además, establece un precedente sobre la necesidad de demostrar cómo la inclusión indebida de información afecta la valoración de las ofertas, promoviendo la transparencia y la igualdad de trato en los procesos de licitación. La decisión podría influir en futuros casos similares, asegurando que los órganos de contratación evalúen cuidadosamente las circunstancias antes de excluir a un licitador.
La resolución 116/2025 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León aborda el recurso especial en materia de contratación interpuesto por Lorgen Genética Proteómica, S.L. contra su exclusión de los lotes 2 y 3 del contrato de servicios de pruebas analíticas y estudios genéticos. Según los artículos 44.1.a) y 2 b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), la exclusión de ofertas en contratos de valor estimado superior a 100.000 euros es susceptible de recurso especial. La jurisprudencia del Tribunal, reflejada en resoluciones como la 76/2022, 124/2021 y 33/2018, establece que estos recursos pueden interponerse contra actos de trámite cualificados, como la exclusión de ofertas, o contra el acto de adjudicación, pero no de manera acumulativa.
El principio de proporcionalidad y el secreto de las proposiciones son fundamentales en la contratación pública, tal como se establece en los artículos 1, 132.1 y 146.2 de la LCSP. La resolución destaca que la exclusión de un licitador por la inclusión indebida de documentación en sobres incorrectos no debe ser automática, a menos que se demuestre que dicha inclusión ha comprometido la objetividad del proceso. La Sentencia de la Audiencia Nacional de 6 de noviembre de 2012 y la Resolución 574/2019 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales subrayan que la exclusión debe basarse en la vulneración del secreto de las proposiciones y su influencia en la valoración de los criterios. En este caso, el Tribunal concluye que no se ha demostrado tal vulneración, por lo que la exclusión no se ajusta al principio de proporcionalidad.
La exclusión de Lorgen Genética Proteómica, S.L. se fundamentó en la cláusula 2.5.1.2.1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP), que prohíbe la inclusión de documentación relacionada con criterios evaluables mediante fórmulas en el sobre de juicio de valor. Sin embargo, el Tribunal considera que la exclusión carece de motivación suficiente, ya que no se ha demostrado cómo la inclusión de ciertos datos técnicos comprometió la objetividad del proceso. La jurisprudencia del Tribunal Supremo, en su Sentencia 523/2022, enfatiza la necesidad de aplicar el principio de proporcionalidad al evaluar la relevancia de la infracción.
El Tribunal ordena la retroacción del procedimiento al momento anterior a la exclusión de Lorgen Genética Proteómica, S.L., anulando así la resolución de exclusión. Esta decisión se basa en los artículos 57 de la LCSP y 61 de la Ley 1/2012, que permiten la anulación de actos administrativos cuando no se ajustan a derecho. La retroacción busca garantizar que el procedimiento de contratación se desarrolle conforme a los principios de transparencia, objetividad e igualdad.
Finalmente, la resolución informa sobre la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, conforme a los artículos 59 de la LCSP y 44.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
Conclusión Doctrinal
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