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Resolución nº 48/2025 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra, de 12 de Junio de 2025
13 Junio 2025
Resolución nº 830/2025 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 29 de Mayo de 2025
11 Junio 2025
Resolución nº 781/2025 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 23 de Mayo de 2025
11 Junio 2025
Resolución nº 831/2025 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 29 de Mayo de 2025
11 Junio 2025
Resolución nº 44/2025 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra, de 03 de Junio de 2025
04 Junio 2025
Resolución nº 1594/2024 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 12 de Diciembre de 2024
Resolución nº: 1594/2024
Detalles Generales de la Resolución
Contexto y Desarrollo del Caso
1. Proceso de Licitación Inicial
La Fundación para la Formación e Investigación Sanitaria de la Región de Murcia (FFIS) publicó la licitación para contratar servicios informáticos destinados al Programa Activa.
En la primera evaluación realizada por la mesa de contratación, la oferta presentada por SCORPORA TECNO APP, S.L. fue considerada como la mejor, con una puntuación total de 97,50 puntos, superando a IOTIC SOLUTIONS, S.L., que obtuvo 96,95 puntos. Basándose en estos resultados, el contrato fue inicialmente adjudicado a SCORPORA TECNO APP, requiriendo la presentación de documentación adicional conforme al artículo 150.2 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP).
2. Error Detectado por la Mesa de Contratación
El 14 de noviembre de 2024, la mesa de contratación detectó un error en la evaluación del criterio denominado “Garantía del trabajo realizado superior a 12 meses”.
3. Rectificación de la Adjudicación
Ante este error, la mesa de contratación adoptó las siguientes medidas:
4. Recurso Interpuesto por SCORPORA TECNO APP, S.L.
El cambio en la adjudicación llevó a SCORPORA TECNO APP, S.L. a interponer un recurso especial en materia de contratación, alegando:
Decisión del Tribunal
El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales resolvió inadmitir el recurso interpuesto por SCORPORA TECNO APP, S.L., argumentando lo siguiente:
Valor del Contrato:
Naturaleza del Acto Impugnado:
Oportunidad de Recurso:
Falta de Temoridad:
Conclusión de la Resolución
El recurso fue inadmitido, y la actuación de la mesa de contratación quedó ratificada. SCORPORA TECNO APP, S.L. puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en un plazo de dos meses.
Análisis Final
Este caso pone de manifiesto:
La resolución refuerza la interpretación de la LCSP sobre la inadmisibilidad de recursos en contratos de bajo valor, subrayando que la vía ordinaria es la adecuada para este tipo de disputas.
Doctrina sobre la Posibilidad de Modificar una Adjudicación Derivada de un Error
En la Resolución nº 1594/2024, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales analiza y aplica doctrina relevante respecto a la posibilidad de modificar una adjudicación ya realizada cuando se detecta un error en la valoración de ofertas. Los puntos clave de esta doctrina son:
1. Corrección de Errores Materiales en Procedimientos de Contratación
La doctrina reconoce que, en los procedimientos administrativos, es posible rectificar errores materiales o de hecho siempre que:
En este caso:
2. Facultad de las Mesas de Contratación para Rectificar
La mesa de contratación tiene la potestad para corregir errores detectados antes de la formalización del contrato, siempre que:
En este caso, la mesa:
3. Limitaciones a la Corrección de Actos Administrativos
La doctrina también establece que la modificación de una adjudicación tiene límites claros:
En este caso, el Tribunal consideró que la actuación de la mesa fue legítima, dado que el error se corrigió antes de la formalización del contrato y no se vulneraron los derechos de SCORPORA TECNO APP, S.L.
4. Impacto en la Doctrina de los Recursos Administrativos
La corrección de errores no genera indefensión si:
En este caso, el Tribunal concluyó que SCORPORA TECNO APP, S.L. podía recurrir la adjudicación definitiva una vez formalizada, pero el recurso especial en materia de contratación no era procedente debido a los límites del artículo 44 de la LCSP.
Conclusión de la Doctrina sobre Modificación de Adjudicaciones
La rectificación de una adjudicación derivada de un error es admisible siempre que:
El caso reafirma la facultad de las mesas de contratación para corregir errores de valoración dentro del procedimiento, siempre que se ajusten a los principios legales y se respeten los derechos de los licitadores.
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